Es competencia del Comité de Competición conocer en primera instancia:
a) Las infracciones a las reglas del juego o competición que, se cometan con ocasión de los encuentros o competiciones de ámbito suprainsular, así como de las reclamaciones que se produzcan con referencia a aquéllas.
b) Las infracciones a las normas generales deportivas tipificadas en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, y en las normas reglamentarias correspondientes.
c) Las demás cuestiones disciplinarias que se puedan suscitar, por las personas o entidades sometidas a la potestad disciplinaria de la Federación.
2.- Es competencia de este Comité, el conocimiento de las cuestiones o conflictos no disciplinarios que se susciten entre la Federación y sus asociados o entre éstos.
3.- Contra las resoluciones de este Comité, cabrá recurso ante el Comité de Apelación.
El comité de Competición de la Real Federación Canaria de Golf, está formado por:
Beatriz Oreja
Benito Regalado
Emilio Perera
Patricia de Ponte
Eduardo Álvarez
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